Hugo Renato Fausto explicó que la ley prohíbe que en un mismo proceso electoral, una persona contienda por dos partidos políticos distintos, tal como señala la ley electoral en el artículo 230 párrafo sexto. Sin embargo, explica el Tribunal Electoral que mediante un acuerdo publicado por el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el nueve de abril del presente año se hizo oficial y pública la candidatura de Felipe Flores y por tanto el plazo para la interposición de este tipo de demanda transcurrió del día 10 al 15 de abril.
El procedimiento para la anulación de la candidatura quedó registrado en las oficinas del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco el pasado 6 de mayo, es decir, veintiún días después de que terminara el plazo establecido.
De esta forma, el asunto que está clasificado bajo el expediente JDC-5965/2015 se desechó por extemporánea. Esta resolución fue aprobada por unanimidad de votos de los Magistrados Electorales. Por tanto, Felipe Flores continuará con su proceso de campaña con normalidad.
(Andrés Ramirez Pelayo)