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Tribunal electoral ratificó triunfo de Fernando Martínez en Cihuatlán

El Tribunal Electoral del estado de Jalisco resolvió el juicio de inconformidad del PRI y ratificó el triunfo de Fernando Martínez Guerrero y el PRD en la elección de Cihuatlán.

CIHUATLÁN, JAL. 04 / SEPTIEMBRE / 2018. El Tribunal Electoral del estado de Jalisco, resolvió el viernes el juicio de inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional, buscando impugnar la elección y la elegibilidad del candidato que ganó el pasado 01 de julio, Fernando Martínez Guerrero, en la elección de la presidencia municipal de Cihuatlán.

Se trata del juicio 023 y su acumulado 037, donde el PRI buscó impugnar la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría, argumentando que Fernando Martínez Guerrero, quien fue electo en 2015 para el trienio 2015 – 2018 militando en el partido Movimiento Ciudadano, presuntamente no había renunciado a la militancia de ese partido, participando en la elección del pasado 01 de julio, representando al Partido de la Revolución Democrática.

Cabe recordar que al igual que en otros 6 municipios de Jalisco, para la elección de munícipes en Cihuatlán fueron registrados candidatos en una coalición denominada “dinámica”, conformada por los partidos MC y PRD, pero como resultado de un juicio promovido por el partido Movimiento Regeneración Nacional, en el sentido de que la coalición “Por Jalisco al frente”, debería ser como se estableció inicialmente, con esos dos partidos y el Partido Acción Nacional, en Cihuatlán no hubo alianza con el PAN y el registro de la planilla tuvo que realizarse por solo uno los dos partidos.

Y la planilla que encabezó Fernando Martínez Guerrero, fue registrada a través del PRD, considerando que desde el pasado año, había renunciado a su militancia al partido MC.

El Tribunal acordó sobreseer el juicio, debido a que al renunciar a la militancia el 30 de marzo de 2017, el candidato y hoy alcalde electo, cumplió con la condicionante constitucional y legal de haber renunciado a la militancia política antes de la mitad de su mandato.

(Marco Corral)

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