AUTLAN, JAL. 10/ABRIL/2020 (REDACCIÓN) | El pasado 7 de marzo, la Secretaría de Salud estatal (SSJ) publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco los Lineamientos para el manejo de cadáveres confirmados o sospechosos por COVID-19 en la entidad, en donde establece, entre otras medidas, la recomendación de evitar velorios, o en su defecto, que los cuerpos sean velados solo por hasta 4 horas y con una asistencia de máximo 20 personas.
Los lineamientos ordenados por la dependencia incluyen desde el manejo del cadáver dentro de las unidades hospitalarias, hasta las medidas aplicables en el caso de que se requiera practicarles autopsias, pasando por las instrucciones para realizar los traslados, así como los servicios funerarios y disposición final de los cadáveres.
La SSJ establece que una vez ocurrido el fallecimiento de un caso sospechoso o confirmado por virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cadáver debe ser transferido lo antes posible a una sala de aislamiento en la unidad hospitalaria, pero que antes de su traslado podrá permitirse el acceso, bajo su propia responsabilidad y cumpliendo con medidas precautorias para evitar contagios, solo a los familiares más próximos, sin que exista contacto físico con el cadáver.
El cuerpo deberá introducirse en una bolsa sanitaria de traslado y el personal médico deberá advertir a la funeraria o al servicio médico forense que se trata de un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 para que ellos tomen precauciones en su manejo.
De las medidas que deben respetarse en la funeraria dice que no deberán realizarse labores de embalsamamiento, limpieza o maquillaje.
En el apartado del destino final de los cadáveres, el documento señala que los difuntos con COVID-19 pueden ser inhumados o cremados, siempre y cuando se mantengan en las bolsas en que fueron depositados, y añade que esto deberá hacerse dentro de las 8 ocho horas posteriores a la certificación de la muerte, sin importar que se hubiesen o no celebrado ceremonia funeraria.
Por ello, en lo que se refiere a las ceremonias fúnebres, se recomienda la suspensión de velorios y ceremonias fúnebres por el riesgo que conlleva la concentración de personas en establecimientos reducidos, pero agrega que si los familiares del fallecido, bajo su propio riesgo y su más estricta responsabilidad deciden llevar a cabo la velación o ceremonia fúnebre, ésta tendrá una duración máxima de 4 horas a partir de la certificación de la defunción y que se deberán evitar concentraciones de más de 20 personas a la vez, además de que todos los asistentes deberán usar cubrebocas y no podrá ingresar cualquier persona que presente fiebre o tos.
También dice que en caso de que los familiares no acudan a reclamar el cuerpo, se deberá dar aviso al área de trabajo social de la unidad hospitalaria para tratar de localizarlos y, en caso de no encontrarlos, se informará al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, en donde se integrará un archivo básico de identificación y el cadáver será inhumado en un espacio individualizado respetando la disposición de que esto deberá realizarse en un plazo de máximo 8 horas después de la certificación de su muerte.