AUTLAN, JAL. 23/ENERO/2023 (Redacción) | Tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declara que es inconstitucional la cédula temporal y la certificación obligatoria impuesta a quienes ejerzan actividades profesionales en el estado de Jalisco, José Martín Orozco Almádez, director de profesiones del Estado de Jalisco emitió un comunicado en el que señala que la dirección a su cargo acatará la medida aunque aclaró que por lo pronto solo aplica para quien tramitó el Amparo.
En el posicionamiento del titular de la dependencia que regula la expedición de cédulas profesionales en el estado, el funcionario aclara que dicha disposición considera como inconstitucional la temporalidad de la cédula profesional que emite Jalisco, así como el requerimiento de la certificación pero exclusivamente en favor de la persona que interpuso el recurso del Amparo en revisión 466/2022 en la Corte, por lo que advierte que la Dirección de Profesiones del Estado se mantendrá atenta a la sentencia que ordene el Poder Judicial de la Federación, así como a posibles reformas o cualquier movimiento legislativo que decida el Congreso del Estado respecto a la Ley Estatal para el Ejercicio de las Actividades Profesionales en Jalisco, pero mientras eso no suceda, la dependencia estatal deberá mantenerse dando cumplimiento cabal a la legislación vigente en el estado.
Además, en entrevista para Notisistema, Orozco Almádez defendió la medida de que en Jalisco se certifique la cédula profesional cada cinco años porque dijo, ayuda a combatir la usurpación de profesiones:
“Se da una situación que nadie puede negar, no solo en Jalisco, pues en todo el país, en todo el mundo de que la usurpación de las profesiones es una vida cotidiana en todas las ramas, en los médicos, en los ingenieros, en los arquitectos, en los contadores. Yo como padre de familia voy a preferir llevar a mi hija con un médico general que esté certificado”.
Orozco Almádez indicó que con la ley de Jalisco alrededor de 80 mil profesionistas tienen la obligación de actualizarse cada cinco años, aunque ahora habrá que esperar a ver si la resolución de la SCJN trasciende a la modificación de la legislación estatal y los términos en los que quedaría.
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