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Hoy entra en vigor acuerdo para la atención gratuita de personas sin seguridad social

En el numeral Cuarto queda establecido que las y los pacientes sin seguridad social que obtengan una puntuación de cero a 100 en la evaluación socioeconómica quedan exentos del pago de servicios por concepto de hospitalización y consulta.

CIUDAD DE MÉXICO. 01 / DICIEMBRE / 2020 (REDACCION) | A través de un comunicado, la Secretaría de Salud Federal informó que este martes 1° de diciembre entra en vigor un acuerdo por el que se modifican dos numerales con respecto a la metodología para los procesos de clasificación socioeconómica de pacientes y referencia de los mismos, esto con el objetivo de brindar atención gratuita para aquellas personas que no cuenten con seguridad social.

Detalla el comunicado que el pasado lunes 30 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al acuerdo emitido desde el 27 de mayo de 2013, el cual establecía los criterios generales para designar una clasificación socioeconómica de pacientes sin seguridad social en los establecimientos que presten servicios de atención médica de la Secretaría de Salud Federal.

Se informó que se modificaron los numerales Cuarto, relacionado con la asignación del nivel socioeconómico, y Sexto, relacionado a la referencia de pacientes a los institutos nacionales de salud y Hospitales de Alta Especialidad.

En el numeral Cuarto queda establecido que a partir de hoy aquellos pacientes sin seguridad social que obtengan una puntuación de cero a 100 en su evaluación socioeconómica quedan exentos del pago de servicios por concepto de hospitalización, consulta, procedimientos médicos o estudios auxiliares de diagnóstico.

Por su parte, en el numeral Sexto determina que, tratándose de pacientes de referencia entre los diferentes Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia, Regionales de Alta Especialidad y unidades adscritas a los Servicios de Atención Psiquiátrica, se respetará el nivel socioeconómico que haya sido asignado por el Departamento de Trabajo Social de la institución que origina la referencia.

Para ello, el paciente, familiar, tutor o representante deberán presentar su hoja de referencia con el nivel socioeconómico, la cual deberá estar sellada por la unidad médica que refiere, así como el carnet de citas de la institución de procedencia con registro del nivel socioeconómico asignado.

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