AUTLAN, JAL. 02/ABRIL/2020 (REDACCIÓN) | A través de un boletín de prensa, el gobierno del estado definió qué es lo que se considera giros esenciales y no esenciales para la aplicación del “Acuerdo de acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria”.
En el documento, señala que debido a que las actividades esenciales especificadas generaron una gran cantidad de dudas, el Gobierno del Estado de Jalisco estableció una mesa de trabajo con representantes de organismos empresariales, sindicatos y autoridades municipales para definir criterios de aclaración de ambigüedades o diferencias de interpretación del texto.
Agrega que esto se hace con el objeto de aportar criterios a la autoridad municipal y áreas de inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para facilitar y homologar la inspección de establecimientos y empresas con actividad esencial y no esencial, y enlisto a manera de ejemplos, rubros de manera enunciativa más no limitativa:
Por último, el documento oficial recuerda que para la realización de todas estas “actividades esenciales” se deberá aplicar en todo momento los protocolos de distanciamiento social, protección de grupos de riesgo, protocolos de sanitización y reducción de la densidad de personas operando en un área de acuerdo con los lineamientos de la Secretaría de Salud.