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Aprueban ley que regularizará a los mototaxis como “transporte comunitario”

El servicio se regula bajo el nombre de «Transporte comunitario». Foto: Especial

AUTLAN, JAL. 18/OCTUBRE/2022 (Redacción) | Sin mencionar directamente la palabra “mototaxis”, diputados locales aprobaron en días pasados en el Congreso de Jalisco la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público del estado que incluye una nueva modalidad de servicio de transporte público al que denominaron “transporte comunitario” y que se define como “aquel en el que se utiliza un vehículo de pequeña escala para desplazamientos cortos que se desarrollan dentro de las áreas de un polígono delimitado”.

Este nuevo ordenamiento legal indica que esta modalidad de transporte sólo podrá operar en áreas donde no coincida con rutas formales, ya sea troncales, complementarias o alimentadoras de transporte colectivo, y además establece que se habilitarán puntos estratégicos para conectar a los usuarios.

De igual forma precisa que será la Secretaría de Transporte (Setran) la dependencia encargada de realizar los estudios necesarios para diseñar las áreas, los límites y el número de unidades que podrán prestar el servicio; además se deberá realizar una revisión técnica para determinar la tarifa que se cobrará.

También marca en esta ley los requisitos para operar estos vehículos como transporte público, entre los que están el de obtener el aval del Gobierno estatal; ser personas jurídicas o agrupadas y que estén acreditadas ante un registro oficial, presentar una lista con datos de dueños y una relación de choferes que además deberán contar con cursos y evaluaciones.

Al respecto, Mónica Magaña, presidenta de la Comisión de Movilidad del Congreso y la principal promotora de esta regulación, dijo que los vehículos que se utilizarán para brindar este servicio, deberán garantizar la seguridad vial.

Para la implementación de esta nueva disposición legal, el Gobierno estatal tendrá 180 días para publicar el Reglamento de la Ley de Movilidad y las normas técnicas que se requieran para su cumplimiento.

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